Arrancamos… En el caso de los instrumentos constitucionales para el control del poder, se trata de una de las cuestiones pendientes de resolver desde los inicios mismos del constitucionalismo. Antiguo el problema y muy diversas las soluciones adoptadas, lo cierto es que se ha experimentado con diferentes instrumentos constitucionales de control, alcanzándose sólo resultados parcialmente satisfactorios. Los difíciles términos del equilibrio en el ejercicio del poder dependen tanto de decisiones jurídicas como de factores políticos. Si centramos la atención en los aspectos normativos, procurando la asepcia del análisis doctrinario, corremos el riesgo de quedarnos con una visión fragmentaria del problema; si nada más revisamos las conductas políticas perderemos los referentes que las norman. El problema del control del poder es en nuestro tiempo el eje de la vida institucional. Otros aspectos, como los derechos humanos, las relaciones sociales, los procesos electorales, y la descentralización administrativa y política, han merecido soluciones de corte más duradero y en cierta medida menos sujetas a las oscilaciones de la política. En cambio, el ejercicio de los controles está condicionado por múltiples factores; factores que tienen que ver con la lucha por el poder y en el poder. De la forma en que se aplican los instrumentos constitucionales para el control del poder dependen el grado de cohesión de un sistema; el nivel de libertad o de opresión sobre los ciudadanos; la capacidad real de gobernar o la imposibilidad de adoptar decisiones. Los controles funcionan como un sistema. Cada uno de los instrumentos tiene efectos en el comportamiento de los demás. El problema, por tanto, de los instrumentos de control, es de carácter múltiple: implica la configuración normativa; la oscilante disposición de aplicarlos; la articulación de las fuerzas políticas (partidos, corrientes, medios, liderazgos) que les dan contenido; las expectativas colectivas con relación a la efectividad de la acción gubernamental; los niveles de confianza o de reserva a propósito de la actividad política; el sentido de oportunidad y el compromiso democrático de los dirigentes. El control como problema se plantea en la triple dimensión del fenómeno político: lo que es, lo que será y lo que debe ser. El control del poder no puede quedar sólo comprendido en uno de esos aspectos. Por su naturaleza dinámica se extiende a través de todo el espacio de la política y, por supuesto, exige en primer término que se determine lo que es. Ésta es una operación que exige relacionar las prescripciones normativas con las conductas políticas. Sólo así es posible tener una idea aproximada de lo que son los controles. MI VERDAD.- El papel de la Constitución es, precisamente, el de fijar las formas de expresión del poder y determinar su control.