La información paso casi desapercibida debido a la efervescencia que se vive en nuestro país con respecto a la sucesión presidencial, pero se trata, sin duda, de un día histórico para nuestro país y millones de mujeres que en el habitan, pues la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), resolvió que es inconstitucional el sistema jurídico que penaliza el aborto en el Código Penal Federal”.
Lo anterior, debido “a que viola los derechos humanos de las mujeres y personas con capacidad de gestar”, de acuerdo con la resolución que publicó el máximo tribunal de nuestro país a través de sus redes sociales.
Y es que hasta antes de este fallo judicial, quien se sometiera a un aborto podía llegar a recibir una pena de entre seis meses y un año de cárcel, y hasta cinco años si se determinaba que había incurrido en algunos agravantes, según establece el artículo 332 del Código Penal federal.
La histórica resolución se dio luego de que la corte analizara una solicitud de amparo promovida por el Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE), una organización feminista y de derechos humanos que ha venido trabajando en pro de los derechos reproductivos de las mujeres desde hace 30 años, de acuerdo con la información disponible en su sitio de internet.
Asimismo, los médicos cirujanos o parteras que practiquen abortos tampoco podrán ser sancionados, al declararse inconstitucionales los artículos que los castigaban con dos a cinco años de suspensión del ejercicio de su profesión. El personal de salud podrá ejercer su derecho a la objeción de conciencia, para negarse a llevar a cabo el procedimiento en caso de que contravenga sus valores o ideología religiosa.
Al respecto, la abogada y activista Sofía Díaz Lozano, afirmó que se trata de “un gran avance” en materia de derechos humanos, sobre todo en el área de los derechos sexuales y reproductivos, porque con esta determinación emitida por la SCJN, permite que las mujeres y las personas gestantes puedan decidir libremente sobre su maternidad y sobre su cuerpo.
“Sin embargo –añadió- hay que recordar que esta figura apenas está siendo establecida, falta todavía que se hagan una serie de reformas al código penal para que ninguna mujer vaya a ser criminalizada, pero lo más importante es que las mujeres van a poder acudir a instituciones de salud pública para llevar a cabo una interrupción del embarazo de forma segura”.
La abogada puso como ejemplo el estado de Coahuila, donde la despenalización tiene ya dos años, pero hasta el momento ninguna institución de salud pública está preparada para llevar a cabo el procedimiento de interrupción del embarazo.
“Lo que sigue, y es muy importante, es que los congresos locales de los estados que todavía siguen penalizando el aborto se pongan las pilas y hagan las reformas necesarias para que finalmente se deje de criminalizar a las mujeres por decidir sobre su cuerpo”, agregó.
Hay que recordar que existe ya un antecedente al respecto, pues la Suprema Corte dictaminó por primera vez que era inconstitucional penalizar el aborto en el 2021. En ese momento, de invalidó el artículo 196 del código penal del estado de Coahuila, que castigaba con 1 a 3 años de prisión la interrupción del embarazo en cualquier etapa de la gestación. El aborto sigue siendo un tema polémico alrededor del mundo, pues en algunos países está permitido y se deja enteramente a la decisión personal de la mujer, en otros es ilegal y es drásticamente penalizado, y en otros se acepta únicamente bajo ciertos criterios como malformaciones del feto o en caso de una violación que traiga como consecuencia un embarazo. Por lo pronto, en nuestro país se ha dado un paso más para dejar de criminalizar a las mujeres y personas gestantes que decidan libremente interrumpir su embarazo.