A fines del pasado mes de junio, la secretaria de Gobernación, Luisa María Alcalde Luján, por instrucciones del Presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador, pidió a la Suprema Corte de Justicia de la Nación SCJN, que informara sobre las medidas que han tomado sobre el cumplimiento del mandato Constitucional de que ningún funcionario gane más que el Presidente de la República; la que el pasado 3 de julio dio la respuesta.
Contesta la SCJN, que los sueldos de sus Ministros no podrán ser disminuidos por decisiones de otros poderes; que solo podrán reducírselos ellos mismos, como ya lo hicieron el 8 de enero de 2019, bajándoselos en un 25%; que la Constitución impide rebajárselos mientras duren en su encargo; que el articulado que establece que ningún funcionario podrá ganar más que el Presidente de México, “carecía de parámetros objetivos”, que por eso echaron abajo algunos artículos de la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos, en las acciones de controversias constitucionales, interpuestas por el Instituto Nacional Electoral INE, y otros organismos autónomos; y que “a trabajo igual, salario igual”.
Esa reducción del 25% no fue casi nada de ahorro del presupuesto público; pues las remuneraciones de los Ministros de la SCJN, superaban el millón de pesos mensuales; por lo que estuvieron como los comerciantes que adrede suben los precios de sus mercancías para después publicitar ofertas de rebajas; quedándoles todavía así elevadas ganancias; y respecto de que “a trabajo igual, salario igual”, todo mundo sabe que el Presidente de la República, trabaja mucho más que todos los Ministros juntos, incluyendo sábados y domingos.
Desafortunadamente los Ministros de la SCJN, consiguieron con Presidentes de la República, anteriores al actual, que la Constitución fuera reformada para que sus sueldos no fueran reducidos mientras duraban en su encargo; por lo que es necesario que el pueblo vote por diputados federales y senadores en 2024, para tener mayoría calificada en el Congreso de la Unión, y pueda así funcionar como Congreso Constituyente Permanente, con las dos terceras partes de sus integrantes presentes y la aprobación de la mayoría de las 32 entidades federativas del país, y eche abajo esa reforma constitucional y regule bien que los sueldos no deben de exceder de determinada cantidad de salarios mínimos incluyendo el del Presidente de la República. Por eso era el estribillo de “salario mínimo al Presidente, para que vea lo que se siente”.