Tw: @DanielaCarlos
El 29 de abril de 2021, legisladores de la Cámara de Diputados aprobaron en lo general y en lo particular la Ley Olimpia en el Código Penal Federal tipificado como delito de “violación a la intimidad sexual”.
¿Esto qué quiere decir?
Que se castiga la difusión, es decir, cuando alguien hace público algo que se compartió en la privacidad; específicamente de tema sexual (fotografías, videos, audios, etc.) y que tú lo difundes o lo reproduces.
Y esto no siempre es por sexting, también puede ser cuando comparten imágenes y/o videos sin tu consentimiento y que lo reproducen o difunden este material. Mucho de esto tiene que ver con la cosificación de las mujeres. El tema de ponerle precio a sus cuerpos es lo que ha dado pie a todos estos actos deplorables. Mujeres que son grabadas por cámaras en baños públicos, en moteles, hoteles o hasta en parques; o lo que está de “moda”, robar fotografías sin tu consentimiento de tus redes sociales y por medio de Photoshop les quitan la ropa para compartirlas en grupo de la red Telegram o en páginas de Facebook.
Desgraciadamente, el sistema judicial en nuestro país es por demás deficiente, y si algo no se dice, no se le da nombre o se le pone etiqueta, no existe. Mientras no hay responsabilidad hacia la persona que comete el acto, socialmente no se entiende que es considerado delito.
Si usted piensa, como muchos, que es culpa de la mujer por dejarse grabar, le aclaro que es un delito. Vemos esto como algo perturbador, que carece de toda moralidad, pero si pasa con otros delitos, entonces si no revictimizamos a la víctima. Por ejemplo, si alguien sufre de robo no le decimos: ¡Fue tu culpa por traer esa camioneta del año! Al contrario, comprendemos a la persona, la consolamos, en fin, hacemos hasta lo imposible porque se sienta mejor y hacemos público este acto, para que den con el criminal y lo tupimos en redes sociales.
En cambio, cuando pasa con una mujer, tratándose de un video o fotografías sexuales, a la primera que señalan es a la mujer, por pecar de ingenua, entonces empieza una cacería de brujas, donde el mismo sistema judicial, es quien revictimiza a la persona, haciéndole ver que ella fue la responsable, y no se diga de la sociedad que en lugar de hacer público el acto para dar con el agresor, lo justifican y señal a la víctima en redes sociales. Si te violan tú tuviste la culpa por provocar a tu violador, si te acosan es tu responsabilidad por usar ese escote, si te difunden en redes sociales, tú tuviste la culpa por enviar el vídeo sexual. Cuando son otros delitos, se puede identificar plenamente al agresor y a la víctima, pero cuando se trata de delitos sexuales y las víctimas somos mujeres, aun así, somos culpables.
Cada vez que a ti te envían una fotografía o un video y tú lo compartes y/o lo reproduces, mientras estás en una fiesta burlándote de la esa persona; tú no sabes lo que hay detrás de eso, no sabes qué está pasando esa mujer, mientras tú le dices a tus compas: ¡Pásame el pack!, ¡Compártelas en el grupo!, ¡Que buena está esa vieja! Mientras haces eso, una mujer está pasando una de las peores tormentas de su vida y probablemente esté pensando en quitarse la vida por el acoso, la burla y la humillación social.
Ahora viene lo más interesante, ¿qué hacer en estos casos?
Primero calmarte, contención emocional y saber que NO ES TU CULPA, no es tu culpa amar, confiar, hiciste sexting, eso es sexo virtual y eso no es un crimen, es un acto de libertad que ojalá y todos pudiéramos tener la educación de prevención, pero al final del día quien violó tu intimidad es quien lo difundió.
Segundo, contención digital, borra amigos que no conozcas, activar código de inicio de sesión, desvincula las fotografías de tus cuentas de redes sociales, cifrado de extremo a extremo en las conversaciones de WhatsApp. Hay que pedir que se baje el contenido denunciando a las páginas o también, denunciar en una página que se llama “NUNCA SIN TU CONSENTIMIENTO” en Facebook.
Tercero, poner tu denuncia, acudir a un ministerio público y llevar tus pruebas, porque si no te toman la denuncia es por negligencia jurídica, no porque no se pueda hacer en el estado de Coahuila.
Lo dicho, NO ES TU CULPA, que la falta de información no nos haga coparticipes de estos criminales y que pueda desembocar en un acto del cual ya no hay vuelta atrás como el quitarse la vida. Esto pasó en Monclova en el 2019, cuando una joven de 19 años se quitó la vida por haber sido exhibida desnuda en redes sociales. Julissa fue víctima de los “packs”.
¿Cómo se castiga en el estado de Coahuila?
El Código Penal de Coahuila establece sanciones de hasta seis años de prisión y multa de mil doscientos días, por difundir imágenes, es decir, cerca de $123,000.00 pesos mexicanos.
Así que, antes de señalar a alguien, primero pregúntate si lo que estás haciendo es por los patrones sociales o familiares que tenemos, o por desinformación. Ahora sí que, quien esté libre de pecado, que tire la primera piedra.
Y para qué son las alas, sino más que para volar...