Torreon, Coah.
Edición:
18-Nov-2024
Año
21
Número:
927
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LA CONSTITUCIÓN PREVÉ EL ESTADO DE LA LAGUNA / 731


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Por:
Fernando Rangel de León
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08-02-2020
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Edición:

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POR: FERNANDO RANGEL DE LEÓN

Este 5 de febrero se cumplirán 103 años de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de 136 artículos, y con alrededor de 707 reformas; a diferencia de la Norteamericana, que es de 7 artículos y solo ha tenido 27 enmiendas en 233 años, y todos los cuales respetan al pie de la letra tanto los gobernantes como los habitantes del vecino país, y los aplican diariamente; por eso ese país es un vivo Estado de Derecho.

En cambio, algunos de esos 136 artículos, están ahí en la Constitución mexicana, de parapeto, pues no se aplican desde su existencia, ya por una causa, ya por otra; resultando así “letra muerta”; como el 73 fracción III, que dice: “El Congreso tiene facultad: Para formar nuevos Estados dentro de los límites de los existentes, siendo necesario al efecto:

“1° Que la fracción o fracciones que pidan erigirse en Estados, cuenten con una población de ciento veinte mil habitantes por lo menos;

“2° Que se compruebe ante el Congreso que tiene los elementos bastantes para proveer a su existencia política;

“3° Que sean oídas las Legislaturas de las entidades federativas de cuyo territorio se trate, sobre la conveniencia o inconveniencia de la erección del nuevo Estado, quedando obligadas a dar su informe dentro de seis meses, contados desde el día en que se les remita la comunicación respectiva;

“4° Que igualmente se oiga al Ejecutivo de la Federación, el cual enviará su informe dentro de siete días contados desde la fecha en que le sea pedido;

“5° Que sea votada la erección del nuevo Estado por dos terceras partes de los diputados y senadores presentes en sus respectivas Cámaras;

“6° Que la resolución del Congreso, sea ratificada por la mayoría de las Legislaturas de las entidades federativas, previo examen de la copia del expediente, siempre que hayan dado su consentimiento las Legislaturas de las entidades federativas de cuyo territorio se trate; y

“7° Si las Legislaturas de las entidades federativas de cuyo territorio se trate no hubieren dado su consentimiento, la ratificación de que habla la fracción anterior, deberá ser hecha por las dos terceras partes del total de Legislaturas de las demás entidades federativas”.

De lo que se desprende que la Constitución previó la creación de nuevos estados en el país; siendo ahorita el más viable el Estado de La Laguna; faltando solo que la población satisfaga todos y cada uno de los mencionados requisitos, para que por ley, en cumplimiento de la Carta Magna, las autoridades lo reconozcan; lo cual será uno de sus mejores homenajes en su 103 aniversario.

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