Torreon, Coah.
Edición:
29-Abr-2024
Año
21
Número:
902
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Presenta CDHEC informe que confirma “violaciones sistemáticas” de agentes de Tránsito / 761


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Por:
Sin Censura
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25-10-2020
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Edición:

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POR: REDACCIÓN

Torreón, Coahuila.–

La Comisión de Derechos Humanos del Estado de Coahuila (CDHEC), presentó un informe detallado que confirma las “violaciones sistemáticas” a los derechos humanos elementales cometidas por agentes de la Dirección de Tránsito y Vialidad bajo las órdenes del defenestrado Pedro Luis Bernal, en contra de ciudadanos de esta ciudad.

En el documento de 52 páginas, se expone la “problemática…, respecto a la actuación por parte de oficiales de tránsito y vialidad en relación con la ciudadanía. La Comisión, además de haber iniciado investigaciones de oficio derivadas de notas periodísticas en las que se detectan violaciones a derechos humanos por parte de tránsitos, ha recibido quejas por parte de personas en relación con la misma situación”.

El texto añade: “Si bien los expedientes son distintos en el sentido que algunos representan quejas por parte de personas y otros se iniciaron de oficio por parte de la Comisión, la situación es similar: oficiales de tránsito en funciones que detienen a civiles y los arrestan como autoridades policiacas para posteriormente ponerlos a disposición del Ministerio Público, en algunos casos, causando lesiones a las víctimas”.

En el citado informe la comisión establece que los agentes de tránsito de la ciudad han incurrido en “…violaciones sistemáticas (que) consisten en detenciones realizadas por los oficiales de tránsito quienes afirman estar actuando conforme al Protocolo Nacional de Actuación Primer Respondiente; el Reglamento de Movilidad Urbana del Municipio de Torreón y el Reglamento Interior de la Dirección de Tránsito y Vialidad del Municipio de Torreón. Lo anterior, lo informó el (ex) Director de Tránsito y Vialidad en el oficio número DGMUYV/DTV/4532/2019 de fecha 9 de septiembre de 2019 emitido como contestación a la solicitud por parte de esta Comisión. En este sentido, es fundamental realizar un análisis de dichas disposiciones normativas para determinar si son o no aplicables a la actuación de los oficiales de tránsito de conformidad a las facultades otorgadas en dichas disposiciones”.

Sin embargo, en el mismo texto se señala que los oficiales de tránsito y vialidad no cuentan con facultades para realizar detenciones ni poner disposición de las autoridades correspondientes a los ciudadanos que incurren en alguna infracción: “… es necesario determinar si los oficiales de tránsito y vialidad del Municipio de Torreón son considerados miembros de la seguridad pública del municipio y adicionalmente es fundamental determinar si los mismos tienen facultades para intervenir ante un hecho probablemente delictivo, es decir, si tienen la facultad expresa para poner a disposición del Ministerio Público…”.

En ese sentido, la investigación de la CDHEC concluye que la Dirección de Tránsito y Vialidad, si bien a partir del 2019 está considerada dentro del organigrama de la Dirección de Seguridad Pública Municipal (DSPM), “… ello no implica que los oficiales de tránsito puedan actuar como agentes de seguridad pública. Para ilustrar lo anterior, si se entendiera que la Dirección de Tránsito y Vialidad, al ser un elemento adscrito a la Dirección General de Seguridad Pública, puede realizar funciones policiales, a la par, afirmaríamos que todos los elementos adscritos a la Dirección General de Seguridad Pública actuarían dentro de sus facultades al realizar actividades policiales. Si lo anterior se entendiera así, entonces, a manera de ejemplo, los integrantes de la Dirección Administrativa— considerando que la Dirección Administrativa se encuentra adscrita a la Dirección General de Seguridad Pública— podrían actuar como elementos de seguridad pública y poner a disposición del Ministerio Público a las personas detenidas, así como realizar los Informes Policiales Homologados. Lo anterior, resultaría en violaciones a los derechos humanos de las personas… Por ello, el hecho de que la Dirección de Tránsito y Vialidad se encuentre adscrita a la Dirección General de Seguridad Pública, no les otorga facultades a los oficiales de tránsito y vialidad para actuar como cuerpos policiales”.

Y añade: “es primordial acudir a la revisión del Bando de Policía y Buen Gobierno de Torreón, el cual, regula lo relativo a la seguridad pública del municipio e incluso contempla los límites y parámetros a los que deben atender las autoridades de seguridad pública en el uso de la fuerza. En dicha reglamentación, no se otorgan las facultades expresas a los oficiales de tránsito para intervenir en la comisión de un hecho delictivo y poner a disposición del Ministerio Público a los detenidos. De igual forma, el Código Municipal de Coahuila contempla en sus numerales 209 y 210 que, para cumplir con la materia de seguridad pública municipal, los municipios cuentan con la policía preventiva, y en ningún cuerpo normativo se considera a los oficiales de tránsito y vialidad como autoridades encargados de vigilar la seguridad pública del municipio de Torreón”.

Derivado de todo lo anterior, afirma la comisión, “las actuaciones por parte de los oficiales de tránsito y vialidad del municipio de Torreón consisten en violaciones al derecho humano a la legalidad y seguridad jurídica al realizar la puesta a disposición de la autoridad a las personas detenidas sin ser primeros respondientes, así como realizar el IPH (informe Policial Homologado). En ese sentido, los oficiales de tránsito y vialidad violentaron el derecho a la legalidad y seguridad jurídica en la modalidad de ejercicio indebido de la función pública, el cual, se entiende como el incumplimiento de las obligaciones por parte de los servidores públicos, derivadas de su relación con el Estado, que afecta los derechos de los terceros. Además, en algunos incidentes, los agentes de tránsito y vialidad, incurrieron en violaciones al derecho a la integridad y seguridad personal, al haber causado lesiones a las personas involucradas en los incidentes mencionados. Lo anterior, tomando en consideración que los agentes de tránsito y vialidad no debieron utilizar el uso de la fuerza, y aunado a ello, no ejercieron una proporcionalidad ni moderación a la gravedad de la falta cometida”.

De tal manera, que se confirma lo que durante un buen tiempo se sospechaba: la actuación de los agentes de vialidad se extralimitó hasta rayar en la ilegalidad, pero no solo eso, durante todo ese tiempo Jorge Zermeño Infante, no solo toleró, sino que mantuvo en su puesto a Pedro Luis Bernal, convirtiéndose en cómplice por omisión, por decir lo menos, de las irregularidades antes detalladas.

El informe completo se puede consultar en: (http://admin.cdhec.org.mx/)

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