POR: JESÚS M. MORENO MEJÍA
“Lo que antes fue lícito
pasada la hora no lo es”.
San Agustín de Hipona
Emilio Lozoya Austin acabó por “estirarles la cobija” a varios de los expresidentes de México, quienes se encuentran hoy en la picota del juicio político y de ahí, posiblemente, al juicio legal.
Cabe aclarar, por principio de cuentas, cuál es la diferencia entre un juicio político y un juicio legal:
“Los tribunales consideran muchas cosas diferentes al hacer un juicio en un caso particular. Si bien es cierto que la letra de la ley es lo que decide la mayoría de los casos, hay ocasiones en que los factores subjetivos que entran en juego y al juez le será otorgada amplia discreción para llegar a una decisión”.
“Dicha base para una decisión se llama una sentencia política y se emplea en una variedad de circunstancias. Hay una clara diferencia entre un juicio político y un juicio legal, pero es una línea muy fina. Un juicio político es una base para una decisión legal teniendo en cuenta factores que están fuera de la interpretación directa de la ley. A menudo, los juicios políticos se pueden hacer sobre la base de la intención supuesta de la legislación”.
Jesusa Cervantes, reportera de la revista “Proceso”, dice en reciente reportaje que las revelaciones sobre el caso del testigo protegido, Emilio Lozoya, y la trama de sobornos de la empresa trasnacional Odebrecht, ponen en duda la legalidad del sexenio de Enrique Peña Nieto, y que “la denuncia apunta a la que pudiera ser una Presidencia fraudulenta”, por haber sido financiada con dinero sucio y que la autoridad electoral todavía hoy puede investigar, pues el expediente está vigente.
El exconsejero del anteriormente llamado Instituto Federal Electoral (IFE), Alfredo Figueroa, explicó a la reportera Cervantes, que la denuncia contra el PRI y el PVEM (quienes postularon a Peña Nieto a la Presidencia de la República), no está cerrada y que el actual Instituto Nacional Electoral (INE), cuenta con la documentación que desde 2017 existe una indagatoria sobre presuntas aportaciones ilegales a la campaña de Peña Nieto.
Agregó el exconsejero del IFE que la sanción máxima que debieron de recibir el PRI y el PVEM, por concepto de rebase del tope de campañas y permitir que empresas privadas extranjeras y mexicanas aportaran dinero a la campaña del expresidente Peña Nieto, sería la pérdida de registro.
Precisó: “Eso lleva no solamente a una sanción pecuniaria, pues son partidos que han sido reincidentes de manera plena, absoluta y claramente en términos de estas conductas. ¿Y qué consecuencias puede haber: la cancelación del registro, y lo que corresponde ahora es poner un alto a ese tipo de cosas (delitos)”.
También aseguró el exfuncionario del IFE a la reportera, que el INE tiene la obligación, “por encontrarse en proceso de sustantación, de solicitarle a la Fiscalía General de la República la denuncia de hechos y pruebas que aporte Emilio Lozoya, para que como autoridad electoral investigue y aplique la sanción en caso de corroborar los dichos del exdirector de Pemex”.
Y concluye la entrevista a Figueroa, afirmando contar con evidencia de que el INE ha solicitado información sobre lo anterior, pero aclaró que la Unidad de Inteligencia Financiera de la Procuraduría General de la República de la pasada administración, no proporcionaron los datos que se le requirieron, y se pregunta: “¿Y que hizo el Instituto si la fiscalía no le dio información? Debió denunciarlo y hacerlo público, pues el secreto bancario ya no opera para la autoridad electoral”.
Lo anterior es solo una muestra de lo que puede venir en materia de un posible juicio político en contra del expresidente Peña Nieto, si bien hay casos pendientes de dilucidar en torno a otros exmandatarios, como Felipe de Jesús Calderón Hinojosa, al que se le vincula con las acusaciones que pesan sobre Genero García Luna, quien fuera su Secretario de Seguridad, detenido en Estados Unidos de América, acusado de haber tenido nexos con el crimen organizado durante el sexenio calderonista. Obvio es que el expresidente niega dicha acusación y que nunca estuvo enterado de lo que se le acusa a su subordinado.
Sin embargo, un juicio político a expresidentes en México no es fácil como ocurre en otras naciones, pues si bien lo contempla la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en el artículo 108, Título Cuarto, De las responsabilidades de los servidores públicos y patrimonial del Estado, que en su segundo párrafo expresa de manera concreta o concisa: “El Presidente de la República, durante el tiempo de su encargo, sólo podrá ser acusado de traición a la patria y delitos graves del fuero común.
Hasta el momento de redactar este artículo, un grupo de legisladores de diferentes partidos “de izquierda” proyectaban reunirse para formalizar una denuncia integral del poder legislativo, en contra de los expresidentes, y para ello recurrir ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, según lo explicaba en entrevista en la radio, Gerardo Fernández Noroña, diputado federal por el Partido del Trabajo.
El presidente de la república, Andrés Manuel López Obrador, por su parte, ha estado repitiendo que en caso de realizarse una consulta sobre si se deben enjuiciar a los expresidentes, sería la Suprema Corte de Justicia la que defina la fecha para el pretendido plebiscito, y si la aprueban sería el INE el que decidiría cómo realizarlo.
Aclaró que la consulta puede hacerse si lo piden el dos por ciento de los ciudadanos inscritos en el Padrón Electoral, o bien una tercera parte de los legisladores de cualquiera de las cámaras del Congreso de la Unión, o el propio presidente, “pero si esto último tuviera que ser, aclaró AMLO, yo me esperaría hasta el final”.
De todo lo anterior, amable lector, ¿usted qué opina?
¡Hasta la próxima!