POR: ABEL ALCALÁ H.
Cuando escribo de la tragedia de ser municipio no es el sentido del género literario de la tragedia griega, aunque no está muy lejos de encontrarse muchas coincidencias sobre la polis de aquellos tiempos y el municipio actual.
Recordando la tragedia en teatro griego tenía como principal finalidad hacer reflexionar al espectador sobre los problemas que atañen al ser humano, de manera que la representación de la obra sirviese de enseñanza.
Otra la finalidad de la tragedia griega era educar al pueblo. El espectador se sentía cómplice en la temática de la tragedia, porque enunciaba situaciones concretas, como la obstinación humana, el abuso de poder, la transgresión de las leyes, y otras que interesan y afectan al hombre de aquella época.
El tema lo enfoco en el sentido de desventura, desamparo y miseria que asedian a la municipalidad de la comunidad más importante de una nación; en nuestro caso de México.
Veamos datos importantes acerca del municipio: es el municipio una forma natural de organización vecinal con miras a garantizar el bienvivir para todos y cada uno de los integrantes de la comunidad y con la capacidad de dar solución a los problemas y retos que surgen por la convivencia entre múltiples vocaciones, aspiraciones, visiones y actividades.
En la actualidad este es el marco jurídico del municipio: “De los Estados de la Federación y de la Ciudad de México: Artículo 115. Los estados adoptarán, para su régimen interior, la forma de gobierno republicano, representativo, democrático, laico y popular, teniendo como base de su división territorial y de su organización política y administrativa, el municipio libre, conforme a las bases siguientes:
Cada Municipio será gobernado por un Ayuntamiento de elección popular directa, integrado por un Presidente Municipal y el número de regidores y síndicos que la ley determine. La competencia que esta Constitución otorga al gobierno municipal se ejercerá por el Ayuntamiento de manera exclusiva y no habrá autoridad intermedia alguna entre éste y el gobierno del Estado”.
Algunos tratadistas y politólogos han comparado al municipio con una forma de gobierno llamada autogobierno; “El autogobierno es la autonomía de una jurisdicción que se rige a sí misma, y en que ningún poder externo tiene autoridad sobre esta. El autogobierno constituye una forma de soberanía”.
Lo anterior significa que las comunidades deben tener una institución política con total autonomía para darse sus autoridades y para encauzarse en la implementación del bien común que garantice la paz, justicia, la salud pública y desarrollo material y espiritual de cada ciudadano y su familia.
Por la proximidad entre las familias y los vecinos el municipio se encarga de las funciones y servicios públicos siguientes: a) Agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición de sus aguas residuales; b) Alumbrado público. c) Limpia, recolección, traslado, tratamiento y disposición final de residuos; d) Mercados y centrales de abasto. e) Panteones. f) Rastro. g) Calles, parques y jardines y su equipamiento; h) Seguridad pública, en los términos del artículo 21 de esta Constitución, policía preventiva municipal y tránsito.
Y resulta que el municipio tiene total subordinación al Estado y a la Federación para establecer los instrumentos jurídicos, económicos y financieros para obtener los recursos para hacer frente a sus obligaciones. Y en cambio tiene las demandas, presiones y señalamientos del pueblo las 24 horas del día por incumplir con el bienvivir o bien común.
Un municipio miserable sólo puede repartir y compartir miseria entre sus habitantes, la tragedia del municipio es tener dos entes, Estado y Federación, que lo ningunean, lo maltratan, abusan de él y lo mantienen en la miseria. Estimado lector usted dice la última palabra.