POR: JUAN MARTÍNEZ VELOZ
juanmartinez_veloz@yahoo.com
EXISTEN DERECHOS POLÍTICOS CLÁSICOS (DE VOTAR, SER VOTADO Y DE ASOCIACIÓN POLÍTICA) SON DERECHOS ESPECIALES O PRERROGATIVAS QUE SE CONCEDEN A UN GRUPO ESPECIAL DE SERES HUMANOS (CIUDADANOS).
Recordemos que los derechos civiles se reconocen en forma amplia y general a todas las personas sin distinción de raza, edad, sexo, idioma, religión, opinión política, origen nacional, posición social, capacidad económica o cualquier otra condición, en cambio, los derechos políticos en cambio se aceptan solamente a los nacionales y, dentro de ellos exclusivamente a los que tienen la calidad de ciudadanos y cuentan con credencial para votar.
La Enciclopedia de Política de Rodrigo Borja (F. C. E. México, 2002, pp. 371-372) reconoce como derechos políticos:
“El de participar en el gobierno del estado, elegir y ser elegido, tomar parte en los plebiscitos, recalls y otras formas de consulta popular, desempeñar funciones publicas, militar en los partidos políticos, opinar y expresar libremente las opiniones sobre cuestiones del Estado y los demás referentes a la vida política de la comunidad”.
En general podemos entender que los derechos políticos de los ciudadanos se configuran como formas de participación de las personas en su condición de ciudadanos de un Estado para participar, individual o colectivamente en los procesos de formación de la voluntad estatal.
El desarrollo de la democracia, desde principios del siglo XIX hasta nuestros días coincide con una creciente ampliación de los derechos políticos, es decir, el derecho, como un mínimo de participar en la elección de representantes y la voluntad de formar una voluntad colectiva.
Es claro que al hablar de derechos políticos nos estamos refiriendo, al a los derechos de carácter activo-participativos de los ciudadanos. El derecho político por antonomasia es el derecho al voto pues en la historia surgió con diferentes modalidades (indirecto, censatario, limitado) antes que los propios partidos políticos.
Un segundo aspecto de este derecho, es el que se refiere a la igualdad que tienen los ciudadanos para ser postulados y elegidos en los cargos de representación popular especificados en el orden jurídico (voto pasivo).
*A unas semanas de que se realicen las elecciones locales en 5 estados de la república ha surgido una inquietud en militantes de diferentes partidos al no haber sido “seleccionados” por su partido a un cargo de elección popular. ¿Qué actitud deben tomar?
Somos liberales y respetuosos de la decisión que cada quien asuma. Lo ideal es que se mantengan en su propio partido y sigan “picando piedra” para posteriores elecciones, pero también es ideal que los candidatos “electos o designados” sumen a sus adversarios a sus equipos de campaña y a su gobierno (si ganan).
El partido que presenta más problemas hoy en día es MORENA por obvias razones de que las encuestas electorales le favorecen por la “burbuja electoral” del efecto AMLO 2018.
Los candidatos de MORENA y de los demás partidos deben tomar con humildad su postulación y sumar a gente de su propio partido y de otros partidos disidentes o sin partido “en política hay que sumar”.
Todos los partidos (MORENA, PAN, PRI, PRD, PVEM, PT) nos deben a los ciudadanos elecciones directas para los cargos más relevantes como se hacen en EUA, Argentina y muchos países más. Recordemos que México tiene uno de los sistemas de financiamientos públicos más caros del mundo. Hay que checar los presupuestos del IFE.
EN CASO DE QUE PREVALEZCA LA PREPOTENCIA DE ALGUNOS CANDIDATOS CON SUS COMPAÑEROS DE PARTIDO EL CIUDADANO PUEDE VALORAR DIVERSAS FORMAS DE PROTESTA SOCIAL (ABSTENERSE O ·OTO EN BLANCO). NO ES LO IDEAL NI LO RECOMENDAMOS PERO SI ¿NO QUEDA DE OTRA?
En una colaboración anterior con motivo de las elecciones de 2015 señalamos sobre este tema:
DERECHOS POLÍTICOS Y ABSTENCIONISMO. Debe reconocerse que el abstencionismo sigue siendo un problema que erosiona a legitimidad de los procesos electorales. El INE y los partidos deben construir mejores mecanismos para incentivar la participación ciudadana.
No debe descartarse una ley que permita otorgar algunos incentivos a la gente que acuda a votar (descuentos en las colegiaturas de las escuelas o algún tipo de exenciones fiscales).
La Constitución prevé en el artículo 38 constitucional una sanción para quien no cumpla con sus obligaciones como ciudadano establecidas en el articulo 36 (votar en las elecciones populares, entre otras) la suspensión de sus derechos como ciudadano por un año.
Este precepto (como algunos otros de la Constitución) nunca se aplica porque hacerlo implicaría suspender a más de la mitad de los ciudadanos mexicanos que no asistieron a votar.
EL CIUDADANO QUE VOTA RATIFICA SU COMPROMISO CON EL ESTADO, CON SU CONDICIÓN JURÍDICA DE CIUDADANO Y LO ALEJA AUTOMÁTICAMENTE DE SITUACIONES EXTREMAS COMO A VIOLENCIA, LA DESOBEDIENCIA CIVIL, LA DELINCUENCIA. EN ESTE SENTIDO VOTAR NO SOLO ES IMPORTANTE PARA LOGAR QUE UN CANDIDATO DE X PARTIDO GANE, SINO PARA QUE EL CIUDADANO SE INTEGRE A LA SOCIEDAD”.