Torreon, Coah.
Edición:
07-Oct-2024
Año
21
Número:
921
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CIERRE FRONTERIZO / 698


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Por:
Samuel Cepeda Tovar
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06-04-2019
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Edición:

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POR: SAMUEL CEPEDA TOVAR

http://enfoqueanalitico.blogspot.com  

Me parece que la pregunta obligada es ¿puede Donald Trump simplemente cerrar la frontera con México por orden directa de su investidura presidencial? La respuesta es SÍ. Pero no de manera indeterminada. Y es que existen muchas razones, económicas principalmente, que se presentarían de manera inmediata en contra de los designios presidenciales que de pronto parecen simples berrinches de un hombre que no quiere lidiar con el problema de la inmigración que fue su principal bandera de batalla y que le dio la victoria en las elecciones presidenciales. Las razones a las que se hizo referencia en líneas anteriores van desde aspectos económicos, legales y geopolíticos. En lo que tiene que ver con las razones económicas, que me parece son las de mayor peso, tenemos datos tan impactantes y de peso como el de las cifras de las exportaciones anuales entre los dos países, que asciende a la cantidad de US$231.000 millones de dólares. Una cantidad que no solo beneficia a México, sino a los Estados Unidos; ya que las exportaciones e importaciones equivalen a casi US$2, 274 millones de dólares DIARIOS. Así mismo, es preciso señalar que 1,2 millones de trabajos estadounidenses dependen del comercio con México, por lo que un cierre fronterizo afectaría el empleo en el país estadounidense. A esto hay que añadirle que la reciente renegociación del acuerdo comercial entre México y Estados Unidos, antes llamado NAFTA, ahora llamado Acuerdo Comercial Estados Unidos-México; establece una duración de 16 años y en el cual quedó perfectamente establecido que no habría amenaza de expiración automática del tratado, sino hasta cumplidos los primeros seis años en que se someta a revisión, por ello, imposible que se cierren las fronteras sin que se presenten de manera inmediata demandas que logren que un tribunal judicial emita una orden para la apertura inmediata de la frontera. En lo que respecta a la parte legal, la frontera solo puede ser cerrada cuando el presidente argumente razones de seguridad nacional, y ante ello, históricamente solo se han cerrado las fronteras después del asesinato de John F. Kennedy y después de los atentados del fatídico 11 de septiembre. Las razones de sobra obligaban a un cierre de los puntos de acceso a la unión americana. Desde luego que Trump puede ordenar el cierre fronterizo, pero deberá argumentar razones de seguridad que difícilmente podrá sustentar ante un tribunal, lo que ocasionaría la apertura inmediata de la frontera. Finalmente, en cuestión de geopolítica, el cierre de fronteras podría violar la Ley de Refugiados de 1980, misma que proporciona un complejo sistema de admisión de refugiados bajo la razón del llamado interés humanitario, y al presentarse una sola solicitud de asilo bajo esas condiciones, el gobierno norteamericano estaría violando una ley de la cual es signatario. Derivado de las razones antes mencionadas, se deduce realmente complicado un cierre indeterminado de la frontera entre México y Estados Unidos; lo peor que pudiera pasar es que se diera un cierre temporal que sería fácilmente aplastado en tribunales por empresarios y comerciantes estadounidenses que tienen millonarios intereses económicos con nuestro país y que va más allá del simple cruce de mexicanos que van a consumir alimentos y comprar algún atuendo cada fin de semana. Se trata de intereses poderosos de trasnacionales que suponen ser de manera tácita un contrapeso a los excesos presidenciales de Donald Trump. Quizá lo mejor de todo esto, es la prudente respuesta del gobierno mexicano al no caer en confrontación directa y esperar las acciones que lleve a cabo el presidente norteamericano. Razones hay de sobra para no excedernos en preocupaciones.

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